Resolución General 4764/2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

 

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución General 4764/2020

RESOG-2020-4764-E-AFIP-AFIP - Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución

General N° 4.710. Norma complementaria.

 

Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020

 

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00351958- -AFIP-DIVACD#SDGCAD, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General N° 4.710 dispuso que este Organismo establecerá los valores referenciales de

exportación de carácter precautorio, para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común

del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés

fiscal.

 

Que dicho control está orientado a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de detectar

desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.

 

Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la

mercadería detallada en el Anexo I (IF-2020-424099-AFIP-DVDAAD#DGADUA) de la presente, en el que se han

considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2° de la resolución general

citada.

 

Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Valoración y Comprobación Documental, aconseja

establecer los valores referenciales para las mercaderías analizadas con el propósito de que sean utilizados por las

áreas de control en el ámbito de sus competencias.

 

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de

Asuntos Jurídicos, Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera.

 

Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 4° de la

Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10

de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección

General por el artículo 6° la Resolución General N° 4.710.

 

Por ello,

 

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- Establecer los valores referenciales de exportación de las mercaderías indicadas en el Anexo I

(IF-2020-424099-AFIP-DVDAAD#DGADUA) con destino a los países consignados en el Anexo II

(IF-2020-424158-AFIP-DVDAAD#DGADUA), ambos de la presente resolución general.

 

ARTÍCULO 2°.- Aprobar los Anexos I (IF-2020-424099-AFIP-DVDAAD#DGADUA) y II (IF-2020-

424158-AFIP-DVDAAD#DGADUA) que forman parte de esta resolución general.

 

ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación a partir del

segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín

Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese. Silvia Brunilda Traverso.

 

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA

www.boletinoficial.gob.ar-

 

 

e. 20/07/2020 N° 27843/20 v. 20/07/2020

 

Fecha de publicación 20/07/2020