ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución General 4764/2020
RESOG-2020-4764-E-AFIP-AFIP - Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución
General N° 4.710. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00351958- -AFIP-DIVACD#SDGCAD, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 4.710 dispuso que este Organismo establecerá los valores referenciales de
exportación de carácter precautorio, para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés
fiscal.
Que dicho control está orientado a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de detectar
desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.
Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la
mercadería detallada en el Anexo I (IF-2020-424099-AFIP-DVDAAD#DGADUA) de la presente, en el que se han
considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2° de la resolución general
citada.
Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Valoración y Comprobación Documental, aconseja
establecer los valores referenciales para las mercaderías analizadas con el propósito de que sean utilizados por las
áreas de control en el ámbito de sus competencias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de
Asuntos Jurídicos, Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera.
Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 4° de la
Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10
de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección
General por el artículo 6° la Resolución General N° 4.710.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer los valores referenciales de exportación de las mercaderías indicadas en el Anexo I
(IF-2020-424099-AFIP-DVDAAD#DGADUA) con destino a los países consignados en el Anexo II
(IF-2020-424158-AFIP-DVDAAD#DGADUA), ambos de la presente resolución general.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar los Anexos I (IF-2020-424099-AFIP-DVDAAD#DGADUA) y II (IF-2020-
424158-AFIP-DVDAAD#DGADUA) que forman parte de esta resolución general.
ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación a partir del
segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín
Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese. Silvia Brunilda Traverso.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/07/2020 N° 27843/20 v. 20/07/2020
Fecha de publicación 20/07/2020